¿Seguros de vida o seguros de decesos de los bancos? Qué elegir

Aunque puede dar lugar a confusiones, la función de un seguro de vida no es la misma que la de un seguro de decesos. Sin embargo, como los seguros de decesos son un producto que se comercializa prácticamente en exclusiva nuestro país, genera dudas, sobre todo entre las personas más jóvenes.

SEGUROS EN LOS BANCOS

Estas dudas, se orientan a si se trata de productos con las mismas funcionalidades, coberturas y servicios. Y, como veremos, no es así, y de hecho pueden ser perfectamente seguros complementarios.

Qué es un seguro de vida

Los seguros de vida que comercializan, por ejemplo, los bancos, son pólizas aseguradoras que garantizan a los beneficiarios del asegurado una indemnización en caso de fallecimiento o incapacidad absoluta o permanente del tomador del asegurado.

De esta manera, si se produce el fallecimiento del asegurado mientras la póliza se mantiene en vigor, los beneficiarios designados serán quienes perciban una cantidad de dinero como indemnización.

Estos seguros tienen coberturas añadidas que pueden ir desde seguros médicos, de accidentes, etc.

Los seguros de decesos

Los seguros de decesos son pólizas que se orientan a un fin concreto: asumir los gastos de sepelio y derivados del fallecimiento del asegurado. Por ejemplo, pueden correr con los gastos de féretro, incineración, tanatorio, trámites legales, etc. También con los gastos de repatriación cuando la cobertura se encuentra suscrita.

Hay que tener en cuenta que, en España, estos gastos de media rondan los 3000 €. Se trata de un seguro más económico que los seguros de vida, pero, no ofrece ninguna indemnización, del mismo modo que los seguros de vida no ofrecen una cantidad concreta destinada a los gastos derivados del fallecimiento del asegurado.

¿Seguros complementarios?

Lo primero que debemos tener en cuenta es que la figura de los seguros de decesos existe prácticamente de manera exclusiva en nuestro país. No es un seguro muy conocido en otros países, y en el mes proviene de una tradición centenaria en la cual los gastos de sepelio se asumían a través de pagos fraccionados en el tiempo que garantizaban un capital a la hora de fallecimiento de la persona o personas a las que amparaba el pago.

La realidad es que en la actualidad incluso se considera que estos seguros complementarios. Hay que tener en cuenta que el importe de los seguros de decesos no resulta muy elevado, y que las pólizas de seguro de vida dependiendo de los importes de la indemnización son también realmente asequibles, con lo cual, es posible utilizar el seguro de vida como una herramienta de protección para la estabilidad económica (por ejemplo) de los descendientes del asegurado durante un periodo de tiempo de su vida, mientras, de manera complementaria, utilizar el seguro de deceso para correr con los gastos tras el fallecimiento del asegurado sin que repercutan en la indemnización de seguro de vida.

Teniendo en cuenta la gran variedad de estos productos y, sobre todo, las herramientas complementarias que puede darse en forma de otras coberturas o seguros, siempre es importante valorar qué es lo que el asegurado realmente va a necesitar o, piensa que necesita. Si no considera importante una indemnización para sus beneficiarios, obviamente un seguro de vida no tiene cabida. Si considera que con indemnización un seguro de vida es suficiente para asumir los gastos de sepelio, no necesita un seguro de decesos. Se trata, como siempre, de ajustar realmente la contratación del producto a la necesidad.