Según tiene estipulado el propio Boletín Oficial del Estado, los pagos del IMV se tienen que realizar el día 1 de cada mes.
No obstante, muchas entidades bancarias adelantan este tipo de pagos, al igual que lo hacen con las pensiones.
Las entidades bancarias pueden modificar el día de pago, dentro de los límites legales
Dada la crisis financiera que se está viviendo desde hace ya más de un año a causa de la pandemia de Covid-19, han sido miles y miles de personas las que han tenido que recurrir al Ingreso Mínimo Vital para poder salir adelante.
Este es un aspecto que el Gobierno ha tenido muy en cuenta, por lo que se ha calculado que llegue a beneficiar a alrededor de un millón de familias en nuestro país. A pesar de lo que estipula el BOE sobre los cobros de este tipo de prestación económica, las entidades bancarias disponen de plazos diferentes, todos dentro de lo que estima la ley.
Como ya hemos mencionado, el Boletín Oficial del Estado tiene un apartado en el que se habla acerca del IMV. Concretamente, nos estamos refiriendo al texto del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo.
En el artículo 11, se cita exactamente el momento en que debe cobrarse dicha prestación. El derecho a recibir la prestación nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud. Es decir, todos los días 1 de cada mes, se debe cobrar el IMV. En este nuevo mes de abril, el día 1 se corresponde a un jueves.
Aún así, en el segundo punto de dicho apartado también se habla de que este pago se realizará mediante transferencia bancaria, a la cuenta del titular que ha solicitado esta prestación. Es por esta razón que, al igual que sucede con el pago de muchas pensiones, los bancos pueden adelantar el pago del mismo.
Por ejemplo, si este mes de abril va a ser la primera vez que se cobra tal prestación, la fecha de cobro estará directamente relacionada con el momento de su aprobación en el mes de marzo.
Si se aprobó entre los días 10 y 12 de marzo, momento en el que aún no se ha cerrado la nómina, el pago se realizará en abril sin ninguna duda. Pero, si la aprobación se realiza a cierre de nómina, el pago se realizará en el mes de mayo.
Teniendo en cuenta los cobros realizados en el mes de marzo, podremos orientarnos sobre el cobro de este nuevo mes. Las entidades y los días en los que se realiza el cobro, son las siguientes:
Entidades bancarias | Día de cobro del IMV |
Santander | 24 de marzo |
CaixaBank | 25 de marzo |
BBVA | 25 de marzo |
Abanca | Entre el 23 y el 25 de marzo |
Bankinter | Entre el 23 y el 25 de marzo |
Ibercaja | Entre el 23 y el 25 de marzo |
ING | 25 de marzo |
Bankia | 25 de marzo |
Sabadell | Entre el 23 y el 25 de marzo |
Liberbank | 25 de marzo |
Cajasur | 25 de marzo |
Unicaja | 29 de marzo |
DeutscheBank | 26 de marzo |
Kutxabank | 25 de marzo |
Laboral Kutxa | 26 de marzo |
Para poder acceder al Ingreso Mínimo Vital, es necesario cumplir con una serie de requisitos, estos podremos encontrarlos completamente detallados en la web del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.