Seguramente más de un lector o lectora se haya llevado en algún momento una sorpresa (poco agradable) a la hora de realizar una cancelación de un producto bancario, una sorpresa que pasa por la aplicación de una serie de comisiones y gastos en cancelación tal vez no esperados y que pueden alcanzar un volumen importante.
Obviamente, la mejor recomendación a este efecto es siempre y ante cualquierleer la letra pequeña de las contrataciones, ya que es donde debe figurar cualquier gasto o comisión incluyendo por supuesto los de cancelación. En este sentido no importa el producto financiero del que se trate, esta es una norma que debemos seguir y que además podemos aplicar a la firma de cualquier tipo de contrato ofrecido por los bancos.
Sin embargo, es cierto que existen algunos productos sobre los que no se nos debiera aplicar ningún tipo de gasto para lograr su cancelación y otros sobre los que prácticamente siempre vamos a tener que soportar gastos a su cierre; vamos a tratar distinguirlos.
También es cierto que cuando se contrata un producto financiero hay que tener en cuenta que el banco es una entidad privada que busca hacer negocio, esto significa también que con toda probabilidad va a cubrir sus espaldas el caso de problemas en el transcurso de la operación contratada. Esto lo vemos muy claro por ejemplo en las penalizaciones que la demora en los pagos de una operación de financiación acarrea. Sin embargo, hay otros productos donde no obtener el rendimiento esperado por parte de la entidad o no disponer del capital aportado durante el periodo de tiempo acordado también supone la aplicación de un coste en conversación a ese resultado no deseado por el banco.
Desde luego cualquiera puede en cualquier momento tener una necesidad urgente de liquidez y verse obligado a recurrir a sus productos financieros, esto es un imprevisto y aunque en un buen presupuesto de finanzas personales deberíamos tener una cantidad dispuesta a tal efecto, esto no siempre ocurre o simplemente la cantidad dispuesta no es suficiente. Sin embargo, partiendo de la base anterior, es cierto que se hace necesario tener claro antes de contratar cualquier producto al banco los costes de cancelación que puede traer consigo dicha operación.
Como veremos más adelante no todos los productos financieros se comportan del mismo modo ante una cancelación, por ello, del mismo modo que nos interesamos por las comisiones, los costes, la rentabilidad, la duración, etc. resulta importante que también tengamos claras las consecuencias de una cancelación del producto a contratar por cuanto va a repercutir en nuestro bolsillo en muchos casos.
Ante esto hay que tener claro que no todos los productos del banco sigue la misma normativa, es decir, habrá productos que puedas rescindir sin ningún tipo de problema ni coste añadido, accediendo rápidamente a su dinero, y hay otros productos que tendrán un coste en el rescate aplicado de una manera o de otra y que no siempre van a proporcionarte la liquidez inmediata, aunque sólo sea rápida en cualquier caso.
A la hora de las penalizaciones por cancelación vas a encontrar diferentes opciones. Las más habituales son las siguientes:
- Aplicación de una comisión por cancelación total o parcial.
- Disminución de la rentabilidad del producto o eliminación de la misma.
Hay que tener en cuenta que en algunos casos el dinero que has aportado se encuentra garantizado y no se verá afectado de ningún modo por esta cancelación, pero, en otros casos puede ocurrir perfectamente que tengas que responder con parte de su capital a los costes de cancelación si no alcanzará con el rendimiento obtenido.
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Cancelación sin penalizaciones
Aunque podemos encontrar cláusulas particulares en determinados productos bancarios que cambien el sentido de estas tendencias, éstos serían aquellos productos financieros con menos posibilidades de sufrir cancelaciones con penalización.
Cuentas bancarias, incluyendo las cuentas remuneradas. Se trata de productos que no deben aplicar ningún tipo de comisión por cancelación ofreciendo además liquidez inmediata a su titular. Esto se extiende a todos los productos relacionados con la familia de las cuentas.
Fondos de inversión, aquí hay que tener cuidado ya que si bien no tenemos penalización por cancelar el fondo, si el resultado de este a fecha de cancelación es negativo obviamente influirá sobre nuestro capital aportado, es decir podemos tener pérdidas, pero también podemos obtener beneficios en el momento de la cancelación.
Cancelación con penalizaciones
En el extremo contrario vamos a encontrar aquellos productos comercializados por el banco en los que si se nos va a aplicar una comisión, una penalización, o simplemente nuestro producto tendrán menor valor que cuando lo adquirimos.
Es evidente que es en estos casos cuando mayor atención debemos prestar el momento de la contratación ya que generalmente tampoco son productos que provengan de una liquidez rápida, con lo cual, si necesitamos por un imprevisto de dicha liquidez no sólo puede ser que no tengamos rápidamente sino que también tendrá un coste importante para nuestro bolsillo.
En general todo lo que tenga que ver con la renta variable se encuentra dentro de este modelo en mayor o menor medida. En estos casos puede que la liquidez si sea rápida e incluso inmediata pero también puede ocurrir que la situación del mercado de nuestro producto resulte inferior en cuanto a valor respecto al momento de su contratación, es decir perderemos dinero. En algunos casos también se nos pueden llegar a aplicar algunas comisiones que encarecen aún más esta cancelación. Hablamos fundamentalmente de la compraventa de acciones mercado de bolsa, pero también es algo que puede ocurrir con productos como warrants, ETF, ventas a crédito…
Depósitos e imposiciones a plazo fijo son otros de los productos bancarios susceptibles de acarrear comisiones por cancelación. Hoy en día vamos a encontrar con mayor profusión aquellos depósitos que inciden sobre la rentabilidad en el caso de cancelación anticipada, pero no descartemos la aplicación de una comisión por tal hecho. Eso sí, los depósitos garantizados no ven peligrar la integridad del capital aportado en ningún caso. Otra cosa son productos como los depósitos estructurados o combinados, donde se pueden dar otras circunstancias diferentes relacionadas con la parte destinada a renta variable en el último de los casos.
La deuda pública nos obliga, antes de rescatar de manera anticipada nuestro dinero, a acudir al mercado y a vender las letras adquiridas. Aquí el riesgo es evidente ya que de no darse una situación favorable en la evolución de las letras podemos perfectamente perder dinero respecto al momento de su adquisición.
Por último los pagarés bancarios, poco habituales entre personas jurídicas pero bastante habituales entre empresas, son probablemente los más problemáticos o entre los más problemáticos. Los plazos a los que se sujeta un pagaré son absolutamente rígidos excepto en el caso de ser vendidos en el mercado secundario sabiendo que en este caso los precios van a ser siempre más bajos que los que figuran en la compra, perdiendo no sólo los intereses sino también parte de la inversión.
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Productos sin gastos en cancelación
En general se trata de los productos con mayor liquidez y que, por tanto, presentarán menos problemas a la hora de su cancelación o reembolso. Dentro de estos vehículos destacamos los fondos de inversión con rapidez en los reembolsos (y donde no tenemos que confundir la cancelación con los resultados de la inversión que puede ser negativa), las cuentas remuneradas o cuentas de ahorro donde también la liquidez es prácticamente inmediata y no presentará gastos de reembolso, o productos en la línea de los dos anteriores como pueden ser las cuentas corrientes o determinados planes de ahorro o cuentas a la vista.
Productos con gastos de cancelación
Se trata de los productos con mayores dificultades a los reembolsos o que directamente penalizan la liquidez. Dentro de estos, por supuesto, destacan las imposiciones a plazo fijo que, interrumpiendo los plazos de imposición fijados, siempre aportan penalizaciones, los pagarés bancarios, todavía más complejos que los anteriores y sólo reembolsables a través de las ventas en los mercados secundarios (con una minusvalía notable), las operaciones de renta variable en las que efectivamente existe el reembolso inmediato, pero también existe una posibilidad alta de minusvalía función de las características del mercado el monto del rescate, o la deuda pública, que también nos obligará a acudir al mercado es para su venta con las posibilidades abiertas a la pérdida de valor.
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