Con un panorama negativo desde la crisis financiera de octubre de 2008 se puso de manifiesto la necesidad modificar el marco de la supervisión financiera europea. Es por este motivo que, la Unión Europea se ha propuesto crear un sistema más armonizado y mejor coordinado, para prever cualquier posible turbulencia financiera.
En principio se ha definido una arquitectura básica para la creación de un nuevo marco europeo de supervisión financiera. Básicamente se propone plantear esto en dos nuevos pilares:
- Consejo Europeo de Riesgo Sistémico (CERS);
- Sistema Europeo de Supervisores Financieros (SESF).
Ya hemos explicado en otra ocasión de qué se trata el Consejo Europeo de Riesgo Sistémico, y ahora es el turno de saber en qué consta el Sistema Europeo de Supervisores Financieros (SESF).
El SESF corresponde a un enfoque microprudencial. El objetivo del organismo será poner en práctica un sistema que responda al fin de mantener la estabilidad y unidad del mercado de servicios financieros de la UE.
Asimismo, estará encargado de reunir a las autoridades nacionales de supervisión en torno a una potente red comunitaria.
El SESF conformará una red europea operativa, dotadas de personalidad jurídica:
- Autoridad Europea Bancaria (AEB);
- Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ);
- Autoridad Europea de Valores (AEV).
Por su parte, estas tres autoridades tendrán a su cargo las actividades de:
- establecer un conjunto único de normas;
- garantizar una aplicación coherente de las normas;
- gestionar los desacuerdos entre las autoridades;
- emitir recomendaciones;
- establecer una cultura común de supervisión;
- disponer de plenos poderes de supervisión;
- garantizar una respuesta coordinada;
- recopilar información microprudencial.
El SESF estará compuesto de:
- tres autoridades de supervisión;
- un Comité Director;
- las autoridades nacionales de supervisión.
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